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Judiciales
El Tribunal en lo Criminal N° 2 de Dolores dictó sentencia en uno de los casos más aberrantes de la historia judicial reciente de la región. Los magistrados Juan Paulo Gardinetti, Christian Ariel Rabaia y Marcos Milano condenaron a los responsables de una red de abusos y corrupción de menores que operaba en Villa Gesell, afectando a dos niños de corta edad (entre 6 y 8 años). El fallo desestimó todos los argumentos de las defensas.
El tribunal acreditó que los menores no solo eran abusados físicamente, sino que eran sometidos a prácticas ultrajantes para los ellos. El presidente del tribunal, Juan Paulo Gardinetti, fue tajante al rechazar el argumento de la defensa sobre la supuesta "inocencia" de las imágenes halladas: "Las fotografías y filmaciones los mostraban" en distintas posiciones "con adultos, para luego reproducir esas imágenes en una pared en el lugar donde esos tenebrosos encuentros tenían lugar" señala el fallo.
La sentencia puso especial énfasis en la situación de la niña, a quien calificó como víctima de "vulnerabilidad interseccional" por su doble condición de mujer y niña. El tribunal recordó que el Estado tiene una "diligencia reforzada" en la protección de los menores, citando la Convención sobre los Derechos del Niño y las 100 Reglas de Brasilia.
Respecto a los abusos, se destacó la figura del "guardador de hecho" que ostentaban los imputados. La Justicia entendió que ambos asumieron materialmente el cuidado de los niños para, en realidad, vulnerar su integridad de forma sistemática.
Para elevar las penas por encima de los mínimos legales, los jueces consideraron:
La corta edad de las víctimas(entre 6 y 8 años), lo que trasunta un "claro desprecio por la niñez".
La reiteración de las agresiones.
La extensión del daño causado: los hermanos sufren un daño psicológico persistente, acreditado por peritos.
Como único atenuante, se aceptó la falta de antecedentes penales previos de los tres imputados.
N. P.:15 años de prisión. Autor de abuso sexual con acceso carnal agravado y coautor de promoción de la corrupción de menores agravada.
A. P.:14 años y 6 meses de prisión. Autor de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser el encargado de la guarda de la menor.
A. G.(madre biológica de los niños): 10 años de prisión por promoción de la corrupción de menores, agravado por el vínculo y la edad de las víctimas. En su caso, se aplicó el mínimo legal previsto.
Los condenados permanecerán bajo custodia. La Justicia de Dolores cerró así un proceso que buscó resguardar el Interés Superior del Niño frente a un horror que marcó para siempre la vida de dos hermanos.
Nota: no se identifica a los condenados por su relación familiar con las víctimas, a fin de preservar su identidad.